DECRETO 1421 del  2017 

"Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad". 

Legislación: 

El decreto se crea a partir de la necesidad de visibilizar los derechos de la población con discapacidad y con talentos excepcionales en el ámbito pedagógico. 

Antecedentes normativos del Decreto 1421: 

  •  Constitución Política de Colombia de 1991, artículos 13, 44, 47 y 67. 
  •  Ley General de Educación, No. 115 de 1994, artículo 46, parágrafo 2. 
  •  Decreto 2082 de 1996, reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones. 
  •  Convención de las NU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad - 2006, artículo 24. Educación. 
  • Ley Estatuaria 1618 del 2013, artículo 11

DECRETO 1421. Da respuesta: A la inclusión real y las necesidades de la población con discapacidad.  Fomenta: El acceso. La permanencia. La calidad. El aprender juntos. La enseñanza para la diversidad.

Atención Educativa a la población con Discapacidad y Capacidades o Talentos Excepcionales: 


Reglamenta : La ruta, el esquema y las condiciones para la atención educativa. 

Aplica para: 

  • El territorio nacional. 
  • La población con discapacidad. 
  • Las familias. 
  • Los cuidadores. 
  • Ministerio de Educación Nacional (MEN). 
  • Entidades territoriales. 
  • Establecimientos educativos públicos o privados. 
  • Entidades del sector educativo como Instituto Nacional para Sordos (INSOR), Instituto Nacional para Ciegos (INCI) e Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (ICFES).

Principios del Decreto 1421: Calidad, diversidad, pertinencia, participación, equidad, interculturalidad. 

Definiciones:

Accesibilidad: Que permita la autonomía de cada estudiante.

Acceso a la educación: Garantizar el ingreso al sistema educativo.
Acciones Afirmativas: Acciones que promueven el derecho a la igualdad.
Ajustes Razonables: Ajustes sean materiales o inmateriales y razonables si son: pertinentes, eficaces y eliminan la exclusión.
Currículo flexible: Permanecen los mismos objetivos, da diferentes oportunidades para acceder a ellos.
Diseño Universal para los Aprendizajes: Propuesta pedagógica universal que facilita servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de apoyos.
Educación inclusiva: Contribuye a la promoción del desarrollo, aprendizaje y participación de los estudiantes con Discapacidad.
Esquema de atención educativa: Proceso del sector educativo que garantiza el servicio de educación en todos los niveles.
Estudiante con discapacidad: Persona vinculada al sistema educativo en constante desarrollo y transformación.
Permanencia educativa: Estrategias y acciones asociadas a la permanencia y el egreso de los estudiantes con discapacidad.
Plan individual de ajustes razonables: Herramienta utilizada para garantizar los procesos de enseñanza aprendizaje. Define ajustes y apoyos para favorecer los procesos educativos de los estudiantes, es un insumo fundamental para los Planes Mejoramiento Institucional (PMI). 

Acceso al servicio Educativo: 

 Garantiza el ingreso oportuno y de calidad

El estudiante con discapacidad que ingresa al sistema educativo formal debe: 

  • Contar con diagnóstico sobre la discapacidad. 
  • El PIAR o el informe pedagógico. 

Sino cuenta con lo anterior: 

  • Se hace identificación en el SIMAT. 
  • Se toma la información de la familia. 
  • Activación ruta de articulación con el sector salud. 
  • Se da un plazo de tres meses para establecer un diagnóstico.

 Efectuada la matrícula, se garantiza en la Institución Educativa: 

  • Diseño Universal para los Aprendizajes (DUA). 
  • Valoración pedagógica. 
  • Elaboración del PIAR


EL PIAR

Es una herramienta para garantizar la pertinencia del proceso de enseñanza y aprendizaje, respetando los ritmos y estilos de aprendizaje, perdura todo el año académico. 

Está compuesto por: 

  • Contexto del estudiante. 
  • Valoración pedagógica. 
  • Informe sector salud. 
  • Objetivos y metas de aprendizaje. 
  • Ajustes curriculares, didácticos, evaluativos y metodológicos. 
  • Recursos físicos, tecnológicos y didácticos. 
  • Proyectos específicos implementados en la institución que incluya a todos los estudiantes. 

Información adicional relevante en el proceso de aprendizaje y participación. El diseño de los PIAR lo liderarán: 

  • El docente de aula con el docente de apoyo, la familia y el estudiante. Según la organización escolar, participarán los directivos docentes y el orientador, se elaboran en el primer trimestre. 
  • Los PIAR deben incluirse en los Planes de Mejoramiento Institucional (PMI) y en los Planes de Apoyo al Mejoramiento de las Secretarías de Educación. 
  • El PIAR hará parte de la historia escolar. Acta de Acuerdo. 
  • Firmada por el acudiente, el directivo de la Institución Educativa, el docente de apoyo y los docentes a cargo. 

Informe anual de competencias o proceso pedagógico

Los estudiantes con discapacidad reciben los mismos informes que el SIEE fije para todos los estudiantes. 

Cuando el PIAR tiene ajustes en términos de evaluación, al fin de año se anexa un informe del proceso pedagógico el cual es indispensable para el siguiente año.

 Historia escolar del estudiante Debe ir: 

  • Información del proceso de inclusión 
  • El diagnóstico 
  • Los PIAR 
  • Los informes de seguimiento 
  • El informe anual de competencias 
  • Las actas de acuerdo firmadas por las partes.

EDUCACIÓN INCLUSIVA 

Proceso permanente que reconoce, valora y responde de manera pertinente a la diversidad de características, intereses, posibilidades y expectativas de los niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos.


Su objetivo es promover el desarrollo, aprendizaje y participación.

Educación para todos y todas. 

Las tres PPP de la inclusión : 

  • Presencia 
  • Participacion 
  • Progreso

Orientaciones en la atención educativa de las personas con discapacidad.


Permanencia : 

  • Apoyo y recursos ( didácticos, tecnológicos, entre otros) Idóneos para su atención 

  • Ajustes infraestructura física y tecnológica 
  • Servicio de alimentación escolar 
  • transporte prioritario 

Acceso :

  • Acceso y matricula sin barreras 

  • Ubicación en modalidades de atención
  • Registro Simat 

Calidad : 

  • Recursos y herramientas para la inclusión en el aula 

  • educación pertinente, apoyos y ajustes razonables 
  • Trabajo con familia


Acceso a la educación para las personas con discapacidad.

Son las diferentes estrategias que el servicio educativo debe realizar para garantizar el ingreso al sistema educativo de todas las personas con discapacidad, en condiciones de accesibilidad, adaptabilidad, flexibilidad y equidad con los demás estudiantes y sin discriminación alguna.

Permanencia en la educación inclusiva. 

Son las medidas para contrarrestar los factores asociados a la deserción del sistema educativo y las acciones afirmativas que eliminen las barreras para el aprendizaje y la participación que afectan a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

Estudiante con discapacidad. 

Persona vinculada al sistema educativo en constante desarrollo y transformación, con limitaciones en los aspectos físico, mental, intelectual o sensorial que, al interactuar con diversas barreras (actitudinales, derivadas de falsas creencias, por desconocimiento, institucionales, de infraestructura, entre otras), pueden impedir su aprendizaje y participación plena y efectiva en la sociedad.



 

Diseño universal para los aprendizajes (DUA).

Propuesta pedagógica universal que facilita servicios que puedan utilizar todas las personas.

Comprende los entornos, programas, currículos y servicios educativos diseñados para hacer accesibles y significativas las experiencias de aprendizaje para todos los estudiantes a partir de reconocer y valorar la individualidad. 

Ajustes razonables.

Son las acciones, adaptaciones, estrategias, apoyos, recursos o modificaciones necesarias y adecuadas del sistema educativo y la gestión escolar, basadas en necesidades específicas de cada estudiante, que persisten a pesar de que se incorpore el DUA. 

Plan de Ajustes Razonables (PIAR). 

Herramienta fundamental en la planeación pedagógica. Reconoce características (gustos, intereses, capacidades, aspectos por fortalecer) de estudiantes con discapacidad, como punto de partida para la planeación y la acción Es coherente con la planeación de aula.

  • Promueve el acercamiento entre familia e I.E. 
  • Identifica barreras existentes para el desarrollo, aprendizaje y participación. 
  • Define ajustes y apoyos para favorecer proceso educativo de estudiantes 
  • Insumo fundamental para los PMI.  

El decreto nos invita a : 

•Reconocer a las personas con discapacidad como sujetos de derechos. 

•Reconocer y respetar sus gustos, intereses y capacidades. 

•Promover su participación activa como miembros de la comunidad. 

•Brindar las mismas oportunidades para desarrollarse y aprender. 

•Promover procesos pedagógicos que involucren a todos los estudiantes. 

Inclusion- I.E JMAV | © 2020
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